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Presentación

Cualquier empresa, independientemente de su tamaño, tienen necesidades de formación.

Es un hecho contrastado que las empresas que se preocupan por cubrir las necesidades formativas de sus trabajadores mejoran la calidad de su trabajo, lo que les permite mejorar la producción.

Gracias a los nuevos planes de Formación Continua aprobados por el Estado en 2004 todas las empresas dispone de al menos 420€ al año para gastarse en la formación de sus trabajadores. Esta cantidad aumenta según cotización y número de trabajadores asalariados de la empresa.
Actualmente más del 90% de las PYMES desconocen este servicio, dejando escapar así una excelente oportunidad para mejorar la producción de su negocio.

Deja de DESPERDICIAR las cuotas económicas que ya estás pagando y comienza a UTILIZARLAS. Gracias a este capital tienes la oportunidad de contar con los servicios de Formación Virtual de manera totalmente subvencionada.

Folleto explicativo sobre las características del Sistema de Formación Bonificada

 
¿Cómo empiezo a realizar cursos? (Importante)

Los pasos a seguir son los siguientes:

1) Necesitamos que te adhieras a nuestro Convenio de Empresas. Este documento no te compromete absolutamente a nada ni tiene ningún coste económico. Es una condición oficial que ha sido impuesta por el gobierno para dotar de transparencia este sistema de formación.

  • Convenio de Adhesión (enviar firmado por Fax al 93 386 26 97)

2) Una vez recibamos firmado el Convenio, te asignaremos un Asesor para que te informe de la bonificación que tiene tu empresa. El Asesor te ayudará a elegir la formación que más te interese entre nuestra amplia oferta formativa, en sus distintas modalidades, presencial, a distancia o  e-learning.
Te garantizamos que si nosotros no podemos ofrecerte directamente la solución formativa, te ayudaremos a encontrar una oferta que se adapte a tus necesidades.

nota: si tu empresa tiene Representante Legal de los Trabajadores (enlace sindical, etc...) tenemos que redactar un documento para informar a este representante y la formación se podrá iniciar 15 días después de su tramitación. Si no dispone de R.L.T. una vez confirmado el curso, podrás iniciar la formación en el plazo de una semana.

3) Para que el trabajador pueda comenzar el curso es necesario que se formalice el pago de la matrícula. Dicho importe se recuperará integramente* al mes siguiente a la finalización del curso mediante su Bonificación a través de los Seguros Sociales (FV se encarga de realizar todos estos trámites sin costes para el cliente).

Así de fácil y sencillo. No lo dudes más y comienza a mejorar la producción de tu empresa :)

*El porcentaje que puede recuperar cada empresa por los costes de formación depende de una serie de características concretas para cada caso. Por favor no dude en contactar con nosotros para saber con seguridad y de manera completamente gratuita cuáles son las suyas.

¿Qué es la nueva Formación Continua?
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales publica el 1 de Agosto el Real Decreto 1046/2003 y pone en marcha una nueva estrategia o modelo de gestión de la formación continua en nuestro país que se basa en la idea de que la Formación Profesional Continua debe lograr una mayor promoción e integración social de los trabajadores y una mayor competitividad de las empresas.

Esto significa que todas las empresas anticipan dinero que sólo pueden recuperar usándolo en la formación de sus trabajadores. Deja de regalar dinero y rentabilízalo.
Debéis de ser conscientes de que este dinero se pierde, si no utilizáis antes del 31 de diciembre del año en curso, porque no es acumulable para ejercicios posteriores.
¿Qué ventajas me ofrece este nuevo sistema?
Con este modelo de financiación se facilita a las empresas, específicamente a las pequeñas y medianas, el desarrollo de programas de formación para sus trabajadores mediante la concesión de una ayuda económica de carácter anual para labores de formación.
Este procedimiento permite por primera vez planificar y desarrollar una formación ajustada a sus necesidades.
¿Qué son las bonificaciones?
Todas las empresas privadas españolas que coticen por formación profesional, disponen de un Crédito Anual para invertir en cursos de formación para sus trabajadores asalariados.

Al menos dispones de 420€ anuales y tu crédito dependerá de la cotizaciones realizadas a la Seguridad Social y, por tanto del nº de trabajadores durante el año anterior, aunque las empresas de reciente creación con trabajadores asalariado disponen también de al menos 420 € de crédito anual.

Somos una entidad organizadora especializada en la gestión de bonificaciones, que ofrece un servicio profesional para la gestión de la bonificación del crédito de Formación Continua de las empresas e impartición de la formación de demanda.

Contamos con varios años de experiencia en este nuevo modelo de Formación Continua, más de 150 clientes han confiado en nuestros servicios. Disponemos de aplicaciones informáticas específicas para realizar toda la gestión, lo que nos permiten entregarte un expediente en formato digital a la finalización de los cursos.
¿Cómo sé la bonificación que tengo?
Para calcular el crédito que tiene tu empresa puedes aplicar la siguiente regla:
Partiendo de una base de cotización media de 1500 € un trabajador genera un crédito de 100 € anuales.
  • Las empresas de 1 a 9 trabajadores cuentan con el 100% de este crédito (100 €/trabajador)
  • Las empresas de 10 a 49 trabajadores cuentan con el 75% de este crédito (75 €/trabajador)
  • Las empresas de más de 49 trabajadores cuentan con el 60% de este crédito (60 €/trabajador)
Si quieres conocer exactamente el crédito que dispone tu empresa puedes llamarnos y uno de nuestros asesores te informará sin ningún tipo de compromiso.

Si quieres disponer del real decreto que regula este sistema de formación puedes descargártelo desde el siguiente enlace Sistema de Bonificaciones de Formación Continua. RD. 395/2007 y  Orden TAS/2307/2007, que gestiona la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo (FTFE).
¿En qué puedo gastarme el dinero de la bonificación?
La bonificación que otorga el Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales sólo puede gastarse exclusivamente en acciones de formación que mejoren la competitividad de su empresa.
Requisitos para bonificar
  • El participante en el curso debe ser trabajador asalariado de la empresa a bonificar y debe estar dado de alta en la Seguridad Social en el momento del inicio del curso
  • Haber informado al Representante Legal de los Trabajadores (enlace sindical) si existe
  • Comunicar por parte de la Entidad Organizadora el Inicio del curso con 7 días al menos de antelación.
  • Realizar la formación en el plazo previsto.
  • Comunicar la finalización por parte de la Entidad Organizadora
  • Disponer de la factura de pago del curso con el justificante correspondiente antes de aplicar la bonificación que le corresponda.
No debes preocuparte por la documentación porque nosotros nos encargaremos de todos los trámites administrativos, además, el Asesor asignado a tu empresa te ayudará a realizar correctamente todos los trámites. Así de fácil
¿Por qué necesito los servicios de Formación Virtual?

Las empresas pueden gestionar su propia documentación personalmente, pero es ALTAMENTE recomendable que contacte con un centro especializado en formación continua que esté reconocido por la Fundación Tripartita, como es Formación Virtual, para realizar todos los trámites burocráticos y gestionar su bonificación económica.

La centralización de la gestión de la bonificación con Formación virtual conlleva las siguientes ventajas:

  • La optimización del crédito para asegurar que se recupera en su totalidad
  • Dar cumplimiento a las exigencias de los requisitos de Aportación Privada/ Colectivos  Prioritarios
  • Disponer de un único interlocutor para facilitar información y resolver las visitas realizadas por los técnicos del INEM y la Fundación Tripartita
  • Tener un expediente de documentación homogéneo en formato digital, con copia de toda la documentación generada a lo largo de todos los cursos
  • Disponer de una entidad reconocida oficialmente por la Fundación Tripartita que le respalda y asesora ante cualquier inspección
¿Qué cursos puedo realizar?

Puedes hacer cualquier tipo de curso. Nosotros te ayudaremos a que recuperes el dinero que inviertas en formación independientemente de que la realices con nuestra entidad, sean impartidos por entidades externas o las lleves a cabo como Formación Interna con tus propios medios.

En Formación Virtual disponemos de más de 300 acciones formativas en tres modalidades distintas:

  • Cursos Presenciales o In-Company: estos cursos se llevan a cabo en nuestras instalaciones o en las del cliente, con grupos reducidos de alumnos. Las clases son impartidas por profesores especializados y tienen una marcada orientación práctica. Disponemos de aulas itinerantes equipadas con portátiles y proyectores.
  • Cursos E-learning: cursos totalmente interactivos y multimedia, desarrollados con tecnología en flash, html, con simuladores de las herramientas informáticas a desarrollar que no exige disponer del programa instalado y con captura de audio para los cursos de idiomas. Se puede desarrollar en cualquier horario y en cualquier lugar, sólo es necesario disponer de acceso a internet. El alumno contará en todo momento con los servicios personalizados de un tutor que le ayudará a finalizar el curso con éxito.
  • Cursos a Distancia: cursos desarrollados en manuales impresos, donde el alumno trabaja los contenidos con supuestos prácticos y cuestionarios. Los contenidos están especialmente diseñados para que el alumno aprenda de forma autónoma. Disponen de tutores que puede contactar con ellos a través de un Campus Virtual.
Todos nuestros cursos son bonificables.
¿Los títulos están reconocidos?
Por supuesto. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a través de la Fundación Tripartita, entrega un título acreditativo por los Cursos realizados con Formación Virtual.
Este documento tiene reconocimiento oficial por parte del estado, por lo que además de servir para mejorar las competencias, también puede utilizarse para sumar puntos a la hora de presentarse a oposiciones.

Todos son ventajas.
Permisos Individuales de Formación (PIF)
Son Permisos que concede la Empresa Privada a sus trabajadores asalariados, para que estos puedan realizar formación reconocida mediante titulación o acreditación oficial (Títulos Universitarios, Ciclos Formativos, Certificados Profesionales), dentro de la jornada laboral, recuperando los costes salariales (salario + cotizaciones a la  SS).

La financiación del permiso está limitada a 200 horas laborales por permiso y curso académico o año natural.  La empresa dispondrá de un crédito adicional para Permisos  con los siguientes límites:  (véase folleto informativo)
  • De 1 a 9 trabajadores: los costes de 200 horas
  • De 10 a 49 trabajadores, los costes de 400 horas
  • De 50 a 249, los costes de 600 horas
  • De 250 a 500 trabajadores, los costes de 800 horas
  • Por cada 500 trabajadores, 200 horas más.

Puedes ponerte en contacto con nosotros sin ningún compromiso para que un asesor te explique con más detalle toda esta información.

Si ya lo tienes claro, podemos empezar a realizar los trámites y documentación necesaria para que puedas utilizar este permiso para realizar el curso que te interesa. Necesitamos que nos remitas los siguientes documentos al fax 93 466 34 46

nota: para este tipo de permisos quedan excluidos los que no se correspondan con formación presencial y los permisos para concurrir a exámenes.